Contrataciones

¿Responsabilidad solidaria?

18 de Febrero del 2022

Es común que el consorcio contrate los servicios de una empresa –de seguridad o de limpieza, por ejemplo–, y que, si dicha empresa deja de pagar salarios o aportes, el trabajador apele a la responsabilidad solidaria y haga su reclamo al consorcio.

Por esta razón es indispensable que el administrador solicite y guarde los comprobantes que demuestran que el trabajador pertenece a una empresa, y que ésta fue contratada por el consorcio. 

 

¿Qué herramienta existe para prevenir esta situación? 

Cada vez que el consorcio reciba trabajadores de otra empresa, el administrador deberá: 

 

  • Solicitar a la empresa copia del formulario 931, con la nómina de empleados y el comprobante de pago de los aportes correspondientes (y guardar esta documentación). 

 

  • Verificar que el empleado esté realmente registrado: puede realizar la consulta en la página de la AFIP, ingresando a la sección “Trabajadores de terceros” (conviene imprimir la verificación y guardarla también como resguardo). 

 

Es necesario tener el listado con el detalle de los nombres de las personas que están dadas de alta como trabajadores de la empresa en el Registro y constatar que sea real. Porque, si llega a existir una deuda de aportes, AFIP puede solicitar toda la documentación del trabajador. 

El administrador que presenta copia de los formularios mencionados puede demostrar que el consorcio no es responsable del incumplimiento. 

Con estos trámites sencillos –¡que llevan su tiempo!– se evita la posibilidad de que AFIP entienda que esa persona es empleada del consorcio. 

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